Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
07-05-2020

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200507-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO de 28 de abril de 2020, del Acuerdo de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por el que se convocan las ayudas para la realización de Proyectos de Investigación relacionados con la enfermedad COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Investigadores con dedicación a tiempo completo cuya vinculación, contractual o estatutaria, a la UAH se extienda, al menos, hasta la finalización del proyecto.

Segundo

Objeto

La Universidad de Alcalá pretende con esta convocatoria apoyar económicamente la realización de proyectos de investigación relacionados con la enfermedad COVID-19 provocada por el nuevo tipo de virus de la familia “Coronaviridae”, denominado como SARS-CoV-2.

Tercero

Bases reguladoras

Convocatoria exprés de ayudas para la realización de Proyectos de Investigación relacionados con la Enfermedad COVID-19 (https://www.uah.es/es/investigacion/area-de-investigacion/programa-propi... Proyectos-de-Investigacion-relacionados-con-al-enfermedad-COVID-19/).

Cuarto

Cuantía

La financiación de esta convocatoria corresponderá a la Universidad de Alcalá con una aportación de 100.000 euros que corresponderán a la aplicación presupuestaria 30400M000 541A 64005.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web de investigación hasta el día 15 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Las solicitudes se presentarán a través del correo electrónico covid19.investiga@uah.es y se remitirán como ficheros adjuntos los documentos indicados en el punto 6.1 de la convocatoria.

Sexto

Otros datos

Los proyectos subvencionados tendrán una duración de hasta seis meses, sin perjuicio del ámbito temporal necesario para la justificación de la actividad subvencionada.

Adjudicaciones y criterios de selección

El proceso de evaluación se llevará a cabo por la Comisión de Investigación, que se podrá asesorar si lo estima necesario del personal técnico que estime necesario para una correcta evaluación. En el proceso de evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Calidad científico-técnica de la propuesta, de los objetivos que se van a alcanzar y de las actividades y metodología que se proponen, valorando el rigor en el planteamiento metodológico y en la identificación de actividades y tareas para alcanzar los objetivos. Se valorará en especial el avance en el conocimiento que presenta la propuesta a la hora de encontrar soluciones a la actual situación provocada por la enfermedad COVID-19 (hasta 60 puntos).

b) Valoración del Equipo de Investigación. Este criterio valorará, de acuerdo con la trayectoria científica y técnica, la capacidad de los proponentes para realizar la propuesta y llevarla a cabo en el tiempo previsto y del investigador principal en especial (hasta 20 puntos).

c) Valoración del presupuesto. Se valorarán los medios disponibles y los solicitados por el equipo de investigación a esta u otras convocatorias. No se considerarán las propuestas cuyo coste exceda la capacidad presupuestaria de la UAH (hasta 20 puntos).

Recursos

La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

DISPOSICIÓN FINAL

Se faculta al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la UAH para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan en la aplicación de esta convocatoria, procediendo, si es preciso, a dictar y publicar las instrucciones necesarias para su desarrollo y cumplimiento. La publicación de los diferentes actos y resoluciones enmarcados en la presente convocatoria se realizará en la página web de la UAH.

Alcalá de Henares, a 29 de abril de 2020.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Javier de la Mata de la Mata.

(03/9.913/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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