Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
07-05-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200507-4

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Modificación presupuestaria

Resolución de fecha 27 de abril de 2020, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por la que se ordena la publicación del Decreto de 21 de abril de 2020, del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se amplía el crédito correspondiente a la Convocatoria Pública 2018 para la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de retirada de amianto de edificios existentes de uso residencial vivienda en el APIRU 12.09 Meseta de Orcasitas por importe de setenta mil euros (70.000 euros).

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.o, punto 11.5 del Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:

Ordenar la publicación del Decreto de 21 de abril de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se amplía el crédito correspondiente a la Convocatoria Pública 2018 para la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de retirada de amianto de edificios existentes de uso residencial vivienda en el APIRU 12.09 Meseta de Orcasitas con el siguiente contenido:

Primero.—Ampliar el crédito correspondiente a la Convocatoria Pública 2018 para la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de retirada de amianto de edificios existentes de uso residencial vivienda en el APIRU 12.09 Meseta de Orcasitas por importe de setenta mil euros (70.000 euros) conforme a lo establecido en el artículo 6.2 de la citada Convocatoria.

Con esta ampliación, la cuantía total máxima asignada a la concesión de las subvenciones para esta Convocatoria asciende a trescientos setenta mil euros (370.000 euros).

Segundo.—La presente ampliación no implica la apertura de un nuevo plazo de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta en el proceso de valoración para la resolución de concesión definitiva las solicitudes presentadas en los plazos fijados en el artículo 13 de la Convocatoria. Tampoco implicará el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Tercero.—La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de abril de 2020.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Inés Cámara Martín.

(03/9.848/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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