Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
14-05-2020

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200514-7

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

7
ORDEN 238/2020, de 28 de febrero, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se nombran al Vicepresidente Primero, Vocales y Secretario del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 4, del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, se regula la composición de este órgano consultivo, indicando que estará constituido por un Presidente, un Vicepresidente Primero, 25 vocales, uno de ellos Vicepresidente Segundo, y un Secretario.

De acuerdo con dicho precepto, el presidente es el titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales, el vicepresidente primero es el titular de la Dirección General de Servicios Sociales, como centro directivo competente en materia de discapacidad en el momento de la aprobación del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, y el Vicepresidente Segundo es un componente del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, elegido por sus miembros, de entre los vocales representantes de asociaciones, federaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro.

De los vocales, 13 lo son en representación de las Administraciones Públicas, correspondiendo uno a la Administración General del Estado, 10 a la Administración de la Comunidad de Madrid y dos a la Administración Local. Otros cuatro vocales representan a las organizaciones sociales, contando las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid con dos vocales y las organizaciones sindicales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid con dos vocales. Finalmente, ocho vocales lo son en representación de las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro, correspondiendo tres vocales a las de personas con discapacidad física, tres a las de personas con discapacidad psíquica y dos a las de personas con discapacidad sensorial.

La aprobación del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 279/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad han supuesto importantes cambios organizativos de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Esta reestructuración de la administración autonómica afecta a la configuración del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad fijada en la Orden 1687/2016, de 25 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se nombran el Vicepresidente Primero, Vocales y el Secretario del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, mediante la que se procedió a nombrar a los vocales representantes de las diferentes administraciones públicas y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En relación con los vocales representantes de las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro, mediante la Orden 1123/2019, de 2 de julio, de la Consejera de Políticas Sociales y Familia, se procedió a su nombramiento por un período de cuatro años, por lo que no es necesaria su renovación.

De conformidad con lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 4 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad,

RESUELVO

Primero

Nombrar Vicepresidente Primero del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Segundo

Nombrar vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, como representante de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, al titular de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

Tercero

Nombrar a los siguientes vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid:

a) En representación de la Consejería de Sanidad, al titular de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente.

b) En representación de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo.

c) En representación de la Consejería de Hacienda y Función Pública, al titular de la Subdirección General de Programas Generales, Sociales, de Vivienda y Culturales, de la Dirección General de Presupuestos.

d) En representación de la Consejería de Educación y Juventud, al titular de la Subdirección General de Centros de Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Educación Infantil y Primaria.

e) En representación de la Consejería de Vivienda y Administración Local, al titular del Área de Normativa Técnica, Supervisión y Control de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

f) En representación de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras, al titular de la Subdirección General de Proyectos y Construcción de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo.

Cuarto

Nombrar vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social.

Quinto

Nombrar vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

Sexto

Nombrar vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

Séptimo

Nombrar como vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a propuesta de CEIM-Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, a doña María Cruz Marino Martín y don Luis Suárez de Lezo Ferrer.

Octavo

Nombrar como vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, en representación de las organizaciones sindicales de carácter intersectorial de mayor representatividad en la Comunidad de Madrid:

a) Como representante de la Unión General de Trabajadores (UGT), a doña Eva López Simón.

b) Como representante de Comisiones Obreras (CC OO), a doña Ana González Blanco.

Noveno

Nombrar secretario del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Subdirección General de Evaluación y Coordinación de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Décimo

En los casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, los miembros del Consejo Asesor serán sustituidos de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécimo

Dejar sin efecto los nombramientos de los vocales realizados mediante la Orden 1687/2016, de 25 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia.

Duodécimo

Dejar pendiente el nombramiento de los representantes de la Administración General del Estado y de la Administración Local, procediéndose a su nombramiento cuando se comunique la designación por los órganos competentes.

Decimotercero

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de febrero de 2020.

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, ALBERTO REYERO ZUBIRI

(03/10.035/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200514-7