Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200518-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

30
Alpedrete. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas a personas físicas que se hayan visto afectadas por la crisis económica del COVID 19.

BDNS (Identif.) 505691

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas a personas físicas que se hayan visto afectadas por la crisis económica del COVID 19, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas empadronadas en el municipio de Alpedrete a fecha 1 de marzo de 2020, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Aliviar los gastos necesarios para el uso de la vivienda habitual a aquellos ciudadanos del municipio, que han visto sus recursos mermados debido a la crisis económica provocada por el COVID-19.

Tercero. Bases reguladoras:

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/12/BOCM-20200512-10.PDF

Cuarto. Texto de la convocatoria:

http://www.alpedrete.es/tablon-de-anuncios/general/

Quinta. Cuantía.—Se crea un fondo dotado con 60.000,00 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta el agotamiento del fondo económico creado, y en cualquier caso hasta el 31 de octubre de 2020.

Séptimo. Gastos subvencionables.—Son gastos subvencionables el suministro eléctrico, gas, abastecimiento de agua, alquiler, hipoteca, y cualquier otro gasto periódico e ineludible para el uso de la vivienda habitual, realizados desde el mes de enero de 2020 hasta la fecha de solicitud de la ayuda.

Octavo. Documentación justificativa de los gastos realizados.—El recibo o factura y el documento justificativo que acredite el pago realizado, de los gastos subvencionables (cláusula 7 convocatoria).

Alpedrete, a 7 de mayo de 2019.—El alcalde-presidente, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/10.361/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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