Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200518-63

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Duodécima. Procedimiento 1025/2016

Sección Duodécima

EDICTO

Doña Carmen Pérez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: Que en el recurso de apelación número 233 de 2019, seguido ante esta Sección, ha recaído resolución en fecha 16 de julio de 2019, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 340

En Madrid, a 16 de julio de 2019.—La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, constituida por los ilustrísimos señores magistrados doña Ana María Olalla Camarero, don Fernando Herrero de Egaña, don Octavio de Toledo y doña María José Romero Suárez, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de procedimiento ordinario número 1025 de 2016, seguidos en el Juzgado de primera instancia número 2 de Torrejón de Ardoz, a los que ha correspondido el rollo número 233 de 2019, en los que aparecen como parte demandante-apelada don Jesús Giménez Vicente, doña María de la Encarnación Mañas Martínez, don Antonio Giménez Mañas y doña María Giménez Mañas, representados por la procuradora doña María Teresa Marcos Moreno, y como parte demandada-apelante doña María Pilar Amaro Corral, doña Teresa Amaro Corral, don Carlos Amaro Corral y doña Ana Isabel Amaro Corral, representados por la procuradora doña María Victoria Pato Calleja, así como don Benito Amaro Corral y don Aquilino Amaro Corral, representados por don Juan Carlos Moreno Moreno, habiendo sido declarados en rebeldía en primera instancia los codemandados don Manuel García Linares, doña Nazaret García Amaro y don Jesús García Amaro, que no han comparecido en esta alzada.

Visto siendo magistrada ponente doña Ana María Olalla Camarero.

Fallamos

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña María Pilar Amaro Corral, doña Teresa Amaro Corral, don Benito Amaro Corral, don Carlos Amaro Corral, doña Ana Isabel Amaro Corral y don Aquilino Amaro Corral, contra la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2018, dictada por el Juzgado de primera instancia número 2 de Torrejón de Ardoz, en autos de procedimiento ordinario número 1025 de 2016, y en consecuencia procede:

1.o Confirmar íntegramente la expresada resolución.

2.o Imponer a la recurrente vencida las costas ocasionadas en la sustanciación de esta alzada. La desestimación del recurso determina la pérdida del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.

Contra esta sentencia cabe interponer, en las condiciones expuestas en el último fundamento de derecho de la presente resolución, recurso de casación y, en su caso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo Tribunal, que habrá de cumplir las exigencias previstas en el artículo 481 de dicho texto legal, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, con el número de cuenta 2579-0000-00-0233-19, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Y para que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes don Manuel García Linares, doña Mercedes García Amaro y doña Nazaret García Amaro y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Tribunal, debiendo practicarse dicha publicación de oficio.

En Madrid, a 13 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, Carmen Pérez Rodríguez.

(02/6.597/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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