Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
22-05-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200522-71

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 1

71
Ferrol número 1. Procedimiento 729/2018

EDICTO

Doña María Luz García Iglesias, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Ferrol.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 729/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª MARÍA DEL CARMEN LAVANDEIRA DÍAZ, SATURNINO MÁRQUEZ LABANDEIRA, MARÍA CARMEN MÁRQUEZ LAVANDEIRA contra la empresa ATEIN NAVAL SA, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES EN LIQUIDACIÓN, S.A., GONZALO GARAY SANTIAGO, NAVANTIA S.A., EMPRESA ATEINSA (APLICACIONES TÉCNICAS INDUSTRIALES), AISCA DE AISLAMIENTOS S.A., KAEFER SERVICIOS INDUSTRIALES S.A., CONSTRUCCIONES GAY, CREACIONES SÁNCHEZ MAESTRE S.L., CONSTRUCCIONES DEL NORTE S.A., ATEINSA, AISLAMIENTOS TÉRMICOS INDUSTRIALES S.A. A.T.E.I.N, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

….Que, resolviendo en el sentido expresado en el fundamento de derecho único, y estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª MARÍA DEL CARMEN LAVANDEIRA DÍAZ, Dª MARÍA CARMEN MÁRQUEZ LAVANDEIRA y D.SATURNINO MÁRQUEZ LAVANDEIRA, contra las empresas ATEIN NAVAL SA, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACIÓN, y NAVANTIA S.A., debo condenar y condeno solidariamente a ATEIN NAVAL SA, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACIÓN, y a NAVANTIA S.A., al pago a Dª MARÍA DEL CARMEN LAVANDEIRA DÍAZ de la cantidad de 110.409,74 euros; al pago a Dª MARÍA CARMEN MÁRQUEZ LAVANDEIRA de la cantidad de 20.778,22 euros; y al pago a D. SATURNINO MÁRQUEZ LAVANDEIRA de la cantidad de 20.778,22 euros; cantidades todas ellas más el interés legal desde la fecha del 10/10/2018 de la papeleta de reclamación efectuadas ante el SMAC hasta la fecha de la presente Sentencia; y todo ello, teniendo por desistida la demanda en cuanto inicialmente también había sido dirigida contra las empresas AISLAMIENTOS TÉRMICOS INDUSTRIALES SA, ATEINSA, APLICACIONES TÉCNICAS INDUSTRIALES SA, GONZALO GARAY SANTIAGO, AISCA DE AISLAMIENTOS SA, KAEFER SERVICIOS INDUSTRIALES SA, CONTRUCCIONES GAY, CREACIONES SÁNCHEZ Y MAESTRE SL, y CONSTRUCCIONES DEL NORTE SA.

Contra la presente sentencia cabe recurso de suplicacion, a anunciar tal como establecen los artículos l90 y ss., de la LJS, ante este Juzgado, del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo tenerse en cuenta que conforme a la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, están suspendidos los plazos previstos en las leyes procesales cuyo cómputo se reanudará en el momento en que pierda vigencia dicho Real Decreto 463/2020, o, en su caso, las prórrogas del mismo (ha sido prorrogado por Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo).

Si el recurrente es el empresario, será indispensable que al tiempo de anunciar el recurso exhiba el resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado oficina de la calle Real de Ferrol (Banco Santander), nº de cuenta 1564, clave 65, o resguardo acreditativo de haber efectuado trasferencia bancaria a la cuenta con IBAN ES5500493569920005001274 indicando en el campo de beneficiario de dicha transferencia este Juzgado de lo Social núm.1 de Ferrol, debiendo consignar además en concepto de depósito y en impreso separado al importe de la condena, la suma de 300 euros depositándola en la cuenta de este Juzgado oficina de la calle Real de Ferrol (Banco Santander), nº de cuenta 1564, clave 36, o por medio de trasferencia bancaria a la cuenta con IBAN ES5500493569920005001274 indicando también en el campo de beneficiario de dicha transferencia este Juzgado de lo Social núm.1 de Ferrol.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES DEL NORTE S.A., ATEINSA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Ferrol, a siete de mayo de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/10.434/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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