Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
29-05-2020

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200529-18

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

RÉGIMEN ECONÓMICO

18
El Boalo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria: extracto de la resolución de Alcaldía número 190, de 22 de mayo de 2020, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para fomentar el mantenimiento de las empresas y el tejido comercial local paliando los efectos del COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

BDNS 507122

Primero. Beneficiarios.—Los beneficiarios serán las empresas y/o titulares de empresas obligadas al cese de su actividad por el Real Decreto del Estado de Alarma, y que el desarrollo de su actividad principal alquile locales comerciales en el municipio de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas destinadas a fomentar el mantenimiento de las empresas y del tejido comercial local, paliando los efectos económicos negativos generados por la inactividad comercial obligada por el Estado de Alarma ante la crisis sanitaria del COVID-19.

Esta línea de ayudas tiene por objeto promover la renegociación de los alquileres de los locales comerciales (al menos cinco meses) subvencionando este Ayuntamiento cinco meses, no solo por las pérdidas generadas por el cierre obligatorio durante el Estado de Alarma sino también por las reducciones de los aforos por motivos de seguridad sanitaria.

Tercero. Bases reguladoras.—La resolución de Alcaldía número 190, de 22 de mayo de 2020, publicada en la página web del Ayuntamiento de El Boalo y en el tablón de anuncios.

Cuarto. Cuantía.—Los arrendatarios podrán renegociar con la propiedad de los locales una rebaja de, al menos, un 30 por 100 de la renta. El Ayuntamiento concederá una subvención del 30 por 100 sobre la cantidad que resulte de la renegociación.

En caso de que los arrendatarios renegocien con la propiedad una reducción por encima del 30 por 100, se aplicará, sobre la cantidad que resulte de la renegociación, el mismo porcentaje que se haya renegociado, hasta un 50 por 100 como máximo.

Para el caso de que los arrendatarios renegocien con la propiedad por debajo del 30 por 100 o, para el caso de que no renegocien la renta, se concederá una subvención del 30 por 100, calculada sobre el 70 por 100 del precio fijado en el contrato de alquiler.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes—Quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento de El Boalo.

El Boalo, a 25 de mayo de 2020.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(03/10.925/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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