Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
30-05-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200530-8

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

8
Móstoles número 1. Procedimiento 831/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 831/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SERGIO HORNOS GAMARRA frente a COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL) y BIOGRAS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Móstoles, a diecisiete de julio de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2.- Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 25/03/2020, a las 09:50 horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de Procedimiento Ordinario

3.-Constando de baja la empresa COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS, SL (CODEGRAS, SL) en la Seguridad Social, y constando ya citada y notificada por edictos en el procedimiento 33/2019, seguido en este juzgado, por encontrarse en paradero desconocido, publíquese edictos para la citación a dicha codemandada, fijándose en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, conforme a lo ordenado en el artículo 23 de la Ley, cítese al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) para que pueda comparecer como parte, dándole traslado de la demanda.

Cítese a las partes para dicho acto y al FOGASA, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

ADVIÉRTASE A LAS PARTES:

1.- Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse

2.- Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda

3.- Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

4.- Pónganse los autos en presencia de S.Sª Ilma. a fin de que resuelva sobre la prueba propuesta.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a veinte de mayo de dos mil veinte

Para hacer constar que por razones de salud pública y necesidades del servicio, se acuerda la suspensión del acto de juicio señalado para el día 23.3.2020 a las 10:20 horas. Conforme a lo acordado por la Comisión Permanente del CGPJ, Instrucción de 11/3/2020 y autorización del TSJ de Madrid.

En todo caso, en aplicación de lo dispuesto en el art. 84 de la L.R.J.S., los profesionales podrán remitir los acuerdos telemáticamente para su homologación, o en su caso solicitar cita telefónica, para llevar a cabo la conciliación en el Juzgado, sólo para asuntos que permitan dicho acto de conciliación.

Por tanto se deja sin efecto el señalamiento acordado para el día 25/03/2020 a las 09:50 horas.

Se señala nuevamente para dicho acto el día 14/09/2020 a las 10:40 horas.

Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de notificación en legal forma a COLECTIVIDADES DE ACEITES Y GRASAS SL (CODEGRAS SL) y BIOGRAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinte de mayo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.679/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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