Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
01-06-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200601-72

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Boadilla del Monte. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Corrección de errores del extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por la que se convocan ayudas por nacimiento de hijo, adopción y manutención de menores correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2019, publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de fecha 22 de abril de 2020.

ID. BDNS 502898

La situación de interrupción de términos y suspensión de plazos respecto de la tramitación de los procedimientos administrativos de contratación fue alzada por la disposición adicional octava del Real Decreto-Ley 17/2020.

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en sus artículos 9 y 10, dispone:

“Artículo 9. Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Artículo 10. Plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.”

Considerando la publicación en fecha de 22 de abril del corriente en número de BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, en el que se publica el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por la que se convocan ayudas por nacimiento de hijo, adopción y manutención de menores correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2019, se precisa con motivo de agilizar el trámite de la convocatoria, la modificación en cuanto a los plazos de presentación de solicitudes para la convocatoria debiendo de corregirse el artículo 8.2 de las bases así como en los plazos de presentación de solicitudes publicados en el extracto, en los siguientes términos:

Donde pone : “(…)

Desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el decimoquinto día hábil posterior a la pérdida de vigencia de la declaración del estado de alarma, y sus posibles prórrogas, o a la de dicha publicación si esta fuere posterior. La presentación podrá efectuarse de forma telemática y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. La presentación presencial en el Registro del Ayuntamiento se realizará, en su caso, previa cita.

(…)”

Deber corregirse por “(…)

Desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el decimoquinto día hábil posterior o bien en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de reanudación del cómputo de los plazos administrativos, con efectos desde el 1 de junio de 2020, hasta el decimoquinto día hábil posterior. La presentación podrá efectuarse de forma telemática y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. La presentación presencial en el Registro del Ayuntamiento se realizará, en su caso, previa cita”.

En Boadilla del Monte, a 28 de mayo 2020,—La concejala-delegada de Asuntos Sociales, Familia, Mujer e Infancia, Inmaculada Pérez Bordejé.

(03/11.293/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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