Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
03-06-2020

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200603-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan bolsas de viaje por la participación de los investigadores de la Universidad Rey Juan Carlos en la preparación de propuestas para optar a proyectos internacionales durante 2020.

BDNS 507.614

Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se convocan bolsas de viaje por la participación de los investigadores de la URJC en la preparación de propuestas para optar a proyectos internacionales durante 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Personal docente e investigador con Grado de Doctor a tiempo completo que se encuentre prestando servicios en la Universidad a 1 de enero de 2020, que participe en la preparación de propuestas dirigidas a optar a proyectos internacionales durante 2020.

Requisitos generales:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes en la forma que se determine reglamentariamente.

b) No haber sido condenados mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

Segundo

Objeto

La Universidad Rey Juan Carlos se plantea como reto el aumento en la captación del número de proyectos internacionales y en especial dentro del Programa para la Investigación y la Innovación en la Unión Europea, Programa H2020 (u otras convocatorias de carácter internacional en el ámbito de la investigación y la innovación), aspirando tanto a un incremento de la tasa de éxito de las propuestas presentadas como del retorno en términos económicos derivado de la participación en dichos proyectos. Para cubrir los gastos de viaje se concederá un máximo de 1.000 euros por investigador.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad (https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios).

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 20.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles y comienza a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes se presentarán, mediante el modelo “Memoria de Solicitud” que figura como Anexo II de las bases de la presente convocatoria, en la sede electrónica de la Universidad o en cualquiera de los Registros Auxiliares de los Campus o por cualquier medio de los admitidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, acompañada de la documentación correspondiente

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base octava de la Convocatoria

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por la Comisión Evaluadora.

Los criterios de valoración serán los que figuran en la base novena de la presente convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos emitirá Resolución de adjudicación.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes y en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o formular recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. No obstante, no se pueden simultanear ambos recursos, de tal manera que si solicitante opta por presentar el recurso potestativo de reposición no podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del primero, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Móstoles, a 24 de abril de 2020.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/11.246/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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