Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
04-06-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200604-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

21
Galapagar. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo aprobado por Decreto 2139/2020, de 25 de mayo, de la Alcaldía por el que se convocan ayudas escolares en concepto de escolarización, comedor y material escolar a empadronados en Galapagar con hijos escolarizados en centros educativos de la Comunidad de Madrid, desde el Primer Ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato (ambos inclusive), así como aquellos que estén cursando estudios de Formación Profesional de Grado Medio, durante el curso escolar 2019-2020.

BDNS (Identif.): 507588

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Beneficiarios.—Alumnos empadronados en Galapagar, que durante el curso escolar 2019/2020 estén matriculados en centros escolares de la Comunidad de Madrid en cualquiera de los niveles comprendidos desde el primer Ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato o en Formación Profesional de Grado Medio.

Segundo. Objeto.—Concesión de ayudas escolares para el curso escolar 2019-2020, con el fin de ayudar a las familias de Galapagar en una necesidad básica como supone la educación de sus hijos.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Galapagar, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 5 de mayo de 2008.

Cuarto. Cuantía.—La cantidad máxima estipulada será de 80 euros por alumno. El solicitante deberá especificar y aportar justificación de la ayuda que solicita en concepto de escolarización o gastos asociados a la escolarización, comedor escolar o material escolar.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Del 15 de junio al 15 de julio de 2020, ambos inclusive.

Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán en la Concejalía de Educación, plaza de la Constitución, número 9, Edificio “la Posada”, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Asimismo, se habilita la presentación telemática de la solicitud y documentación referida en la sede electrónica del Ayuntamiento de Galapagar.

Sexto. Otros datos.—Para poder ser admitidos a la convocatoria, la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación:

— NIF, NIE u otros documentos oficiales que acrediten la identidad del padre y de la madre o de tutores del alumno.

— Libro de familia completo.

— Facturas legales, recibos bancarios originales o certificados emitidos por el centro, donde conste que se han abonado gastos derivados de la escolarización, o comedor, o material escolar.

— Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria del solicitante, (recibo bancario, primera página de la cartilla o libreta de la entidad financiera, etcétera).

Galapagar, a 25 de mayo de 2019.—El alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín.

(03/11.220/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200604-21