Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
04-06-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200604-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

33
Pinto. Organización y funcionamiento. Avocación competencias

Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 24 de marzo de 2020 la Alcaldía-Presidencia ha dictado la resolución número 2020/2579, cuyo tenor literal es el siguiente:

Don Juan Diego Ortiz González, alcalde-presidente del ilustrísimo Ayuntamiento de Pinto (Madrid), por medio del presente vengo a dictar el siguiente decreto:

Considerando la baja médica de la primera teniente de alcalde, doña María Dolores Rodríguez, la que ha tenido que solicitar el segundo teniente de alcalde, don Federico Sánchez, y la situación de posibles nuevas bajas de integrantes del equipo de gobierno por causa del COVID-19, por medio de la presente, y en ejercicio de las competencias que me atribuye la legislación vigente, he resuelto:

Primero.—Ante la baja médica de la primera teniente de alcalde y el segundo teniente de alcalde, avocar temporalmente todas las funciones delegadas en los mismos, incluyendo la de clavero en las cuentas bancarias municipales, hasta su reincorporación en situación de alta médica.

Segundo.—En caso de que algún otro miembro del equipo de gobierno cause baja médica, durante este período excepcional de propagación del coronavirus COVID-19, resuelvo la avocación de las competencias delegadas al concejal o concejala que cayera enfermo durante los días que persistiera su baja médica.

Tercero.—Publicar este decreto en la web municipal y el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para general conocimiento.

Pinto, a 26 de mayo de 2020.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.

(03/11.048/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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