Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
04-06-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200604-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 20 de mayo de 2020, por el que se aprueban las bases para el acceso a la ayuda escolar que rigen la convocatoria de subvenciones para el curso 2020-2021.

BDNS (Identif.): 507902

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web municipal (http://www.aytosanlorenzo.es).

Primero. Objeto

El objeto de las presentes Bases es regular la Convocatoria que permita, el acceso a las familias a la Ayuda Escolar que ofrece el Ayuntamiento en su objetivo de apoyar a estas en la compra del material escolar al comienzo de un nuevo curso.

Segundo. Beneficiarios, requisitos y modalidades de ayuda

1. El titular de la ayuda escolar será el padre, madre o tutor que conviva con el menor. En caso de separación o divorcio, la ayuda escolar se otorgará al progenitor que tenga atribuida la guarda y custodia del menor, o en su defecto, a aquel con el que el alumno esté empadronado. Si el alumno es mayor de edad, será él el titular de la ayuda escolar.

2. Dirigida a todos los alumnos/as que, estando empadronados con alguno de sus progenitores o tutores con anterioridad al 1 de octubre de 2019 en San Lorenzo de El Escorial, vayan a cursar estudios de Educación Infantil de Segundo Ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio o Bachillerato en el curso 2020-2021 y cuyo padre, madre o tutor no tenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

3. Existen dos modalidades de ayuda:

a) General: tendrá una cuantía de sesenta y cinco euros por alumno (65,00 euros), fraccionada en varios talones, a canjear hasta el 6 de noviembre de 2020 en los establecimientos del Municipio adheridos a esta campaña.

b) Progresiva: la ayuda progresiva dependerá de la suma de los ingresos familiares durante los meses de enero a mayo del año 2020. Esta suma se dividirá entre el número de miembros de la unidad familiar para calcular el tramo de ayuda que le corresponde. Para su cómputo, se establecen los siguientes tramos:

— 90,00 euros por alumno como máximo, para familias que perciben la renta mínima de inserción.

— 80,00 euros por alumno como máximo, para las familias en las que el resultado de dividir la suma de los ingresos totales familiares correspondientes a los meses de enero a mayo de 2020 entre el número de miembros de la unidad familiar sea inferior o igual a 2.500,00 euros.

Tercero. Plazo y presentación de solicitudes

La solicitud deberá descargarse preferentemente en la página web del Ayuntamiento (www.aytosanlorenzo.es) o recogerse físicamente en las dependencias municipales.

Deberá remitirse, junto con la documentación requerida, a la dirección electrónica habilitada al efecto (ayudaescolar@aytosanlorenzo.es).

Si los medios anteriores no son posibles para el solicitante, la entrega de la documentación se realizará presencialmente, en el Área de Educación en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas solicitando cita previa en los teléfonos 918902941 o 918903644 ext. 305. No se admitirá ninguna solicitud presencial a la que no se le haya asignado una fecha y hora de presentación.

La documentación necesaria para solicitar la ayuda escolar progresiva se presentará entre los días 15 al 30 del mes de junio de 2020.

Cuarto. Entrega de la ayuda

Lugar: de forma excepcional se establecerán este año dos puntos de entrega:

— Punto 1: Área de Educación. Calle Francisco Muñoz, número 2, planta alta.

— Punto 2: Área de Empleo y Formación. Calle Juan de Toledo, número 27.

Horario: de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas.

Fechas: del día 17 de agosto al día 11 de septiembre de 2020.

Orden de entrega: se realizará atendiendo a las letras por la que comienza el primer apellido del alumno.

Importante: solo se podrán recoger los talones de la ayuda escolar en el punto de entrega que corresponda a las primeras letras del apellido del alumno y el día establecido.



En San Lorenzo de El Escorial, a 20 de mayo de 2020.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/11.266/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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