Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
11-06-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200611-64

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

64
Madrid número 14. Ejecución 17/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en la Ejecución 17/2019 (Autos 995/2017) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. FAUSTINO PEREZ ORTEGA frente a AUTOCARES ESCALONA S.L. se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es:

SE ALZA EL EMBARGO acordado en la presente ejecución de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tuviera pendientes de devolver a la parte ejecutada, así como los saldos de AUTOCARES ESCALONA S.L. en las entidades de crédito en las que tuviera saldos de su titularidad

A tal efecto, líbrese oficio a la entidad financiera, y álcese telemáticamente el embargo de la AEAT.

Se acuerda poner a disposición del ejecutante la cantidad de 141,57 €, en concepto de parte del principal, el cual queda saldado.

Para ello, requiérase al mismo para que, a la mayor brevedad posible, comunique a este Juzgado (bien por fax, bien por escrito) un número de cuenta donde transferirle dicha cantidad.

Se deja sin efecto la declaración de insolvencia fijada en el decreto de 17 de septiembre de 2019.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Se advierte a las partes que los plazos para recurrir se encuentran suspendidos conforme a las medidas previstas en el Acuerdo de 13-3-2020 de la Comisión Permanente del CGPJ y Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Cuarta del RD 463/2020 de 14 de marzo, suspensión que quedará alzada una vez se emita acuerdo de alzamiento de la suspensión por el indicado órgano

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AUTOCARES ESCALONA S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid , a veintiocho de mayo de dos mil veinte .

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.329/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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