Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
15-06-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200615-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Se hace público a los efectos oportunos que, en sesión celebrada con fecha 28 de mayo de 2020, el Pleno del Ayuntamiento ha aprobado el expediente de modificación de créditos por suplemento, número 4 del presupuesto de 2020, financiado con bajas de créditos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio. Lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente, en el servicio de Intervención municipal, y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno. Si no se presentasen reclamaciones, el presente acuerdo será considerado definitivo.

En todo caso, conforme a lo previsto en el artículo 177.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y dado que el presente acuerdo tiene por objeto el suplemento de créditos motivado por un supuesto de calamidad pública o de naturaleza análoga de excepcional interés general, será inmediatamente ejecutivo sin perjuicio de las reclamaciones que contra el mismo se promuevan, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

San Agustín del Guadalix, a 2 de junio de 2020.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.

(03/11.822/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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