Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
16-06-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200616-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

59
Galapagar. Organización y funcionamiento. Cese teniente alcalde

Cese de la cuarta teniente de alcalde y revocación de competencias.

Por Decreto de Alcaldía número 2192/2020, de 29 de mayo, el alcalde-presidente, Alberto Gómez Martín, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con los artículos 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y 54.6 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), ha resuelto:

Primero.—Cesar a la concejal doña Raquel Lafuente Galeano, con efectos de 31 de mayo de 2020, como miembro de la Junta de Gobierno Local, que quedará integrada por los siguientes componentes del equipo de Gobierno:

— Don Felipe García Escobar, primer teniente de alcalde.

— Doña Rosa María Encuentra Mérida, segunda teniente de alcalde.

— Don Santos Esteban Calvo, tercer teniente de alcalde.

— Don Ángel Arias Sánchez, cuarto teniente de alcalde.

— Doña Mercedes Nuño Masip, quinta teniente de alcalde.

— Doña Pilar García López, sexta teniente de alcalde.

Segundo.—Cesar en su cargo de cuarta teniente de alcalde a la concejal doña Raquel Lafuente Galeano, con efectos de 31 de mayo de 2020.

Tercero.—Revocar la delegación de competencias realizada a favor de la concejal doña Raquel Lafuente Galeano, con fecha 31 de mayo de 2020, que serán ejercidas por esta Alcaldía-Presidencia.

Cuarto.—Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón edictal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y 54 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM).

Quinto.—De esta resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que tenga lugar, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y 54 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM).

Sexto.—Contra esta resolución podrá interponer los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición que deberá presentar dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de las Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

No obstante lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Galapagar, a 29 de mayo de 2020.—El alcalde, Alberto Gómez Martín.

(03/11.665/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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