Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 10 de junio de 2020, de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se aprueba la Modificación de la convocatoria pública de becas de ayudas al estudio presentadas al amparo de la convocatoria correspondiente a las acciones formativas de la programación municipal y planes de barrio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución de modificación de la convocatoria publicada en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de fecha 1 de octubre de 2019, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Los alumnos o alumnas que hayan participado en cursos incluidos en las programación municipal y Planes de Barrio 2019 de la Agencia para el Empleo de Madrid correspondiente a cursos iniciados desde el 1 de enero de 2019 y finalizados hasta el 31 de diciembre del mismo año, ambos inclusive, con duración superior a las cincuenta horas y que cumplan los requisitos y obligaciones exigidas en la referida convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de las becas es la concesión de becas de ayuda al estudio a fin de compensar e incentivar la participación de personas en desempleo por el esfuerzo económico y personal realizado con su participación en los cursos.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a doscientos veintiún mil doscientos diez euros (221.210,00 euros).

La cuantía de la beca de ayuda a la participación será de nueve euros (9,00 euros) por cada día lectivo del curso de formación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Toda vez que se trata de una nueva autorización del gasto de la referida convocatoria destinada a aquellas solicitudes de becas de ayuda ya presentadas al amparo de la misma, no se contempla un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Sexto. Otros datos.—A la cuantía de la beca de ayuda se efectuará una retención del 2 por 100 a cuenta del IRPF.

Madrid, a 11 de junio de 2020.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid.

(03/13.072/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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