Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Chapinería. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional, adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno de la corporación, con fecha 14 de enero de 2020, sobre la modificación de ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de Cementerio Municipal, conducción cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local (número 13); cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

— Tasa: “Ordenanza número 13. Tasa por prestación del servicio de Cementerios Municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.

Las cuotas exigibles por los servicios regulados en la presente ordenanza sujetos a la concesión administrativa se verán modificadas con carácter anual en función de las variaciones fijadas en relación a los últimos datos publicados sobre el Índice de Precios al Consumo (IPC), con carácter previo al 1 de enero de cada ejercicio fiscal”.

La entrada en vigor de la modificación acordada tendrá lugar el día siguiente a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Chapinería, a 8 de junio de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Moya Domínguez.

(03/12.186/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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