Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo a propuesta de la concejala-delegada de Servicios Sociales, por la que se convocan ayudas de emergencia social.

Código BDNS 511372

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Las personas y familias en situación de necesidad, por encontrarse en riesgo de exclusión social o en graves dificultades socioeconómicas.

Segundo. Objeto.—La prestación de naturaleza económica destinada a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de riesgo o exclusión social y facilitar la superación de situaciones en las que concurra una necesidad económica coyuntural.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las ayudas extraordinarias de emergencia social del Ayuntamiento de El Escorial.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 110.000 euros, correspondiendo a cada ayuda un importe dependiendo de la emergencia social demandada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Convocatoria siempre abierta a expensas del crédito presupuestario que se consigne en cada ejercicio presupuestario.

En El Escorial, a 17 de junio de 2020.—La concejala de Servicios Sociales, María Victoria Alonso Agrelo.

(03/13.663/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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