Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Matrícula impuesto

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que en las oficinas del Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento se encuentra expuesto al público la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al ejercicio 2020, aprobada por resolución del titular del Órgano de Gestión Tributaria, de fecha 18 de mayo de 2020, cerrada a 31 de diciembre de 2019, constituida por censos comprensivos de todos los sujetos pasivos que ejercen actividades económicas y no estén exentos del impuesto, agrupados en función del tipo de cuota, nacional, provincial o municipal, por la que tributen y clasificados por secciones, divisiones, agrupaciones, grupos y epígrafes, incorporando altas, variaciones y bajas producidas durante dicho año.

Se expone asimismo la matrícula del citado impuesto, respecto de aquellos contribuyentes, con domicilio fiscal en Pozuelo de Alarcón, que tributen por cuotas nacionales.

La matrícula se pondrá a disposición del público para su examen desde la fecha siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este anuncio de exposición por el plazo de quince días naturales. No obstante, de acuerdo con lo previsto por el Real Decreto Ley 15/2020, de 21 de abril de 2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y la ocupación, el plazo de exposición de la matrícula de cuotas municipales de IAE se amplía hasta el 30 de mayo de 2020 o a una fecha posterior si así resultara de la normativa de aplicación.

Dadas las especiales circunstancias que acontecen en este momento, podrá realizarse este trámite de consulta de los datos que figuran en la matrícula de las siguientes formas:

— Con certificado digital a través de la Oficina Virtual Tributaria (que encontrará en la sede electrónica municipal).

— Si actúa en representación de otra persona interesada debe presentar un escrito por registro electrónico acreditando la representación del sujeto pasivo cuyos datos desea consultar o su interés en la consulta.

— Mediante correo electrónico dirigiendo la consulta a: iae@pozuelodealarcon.org.

Recursos:

Contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración, podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el titular del Órgano de Gestión Tributaria de Pozuelo de Alarcón, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula o directamente reclamación económico-administrativa, previa al recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

En el caso de cuotas nacionales, el recurso procedente será el de reposición ante el órgano competente de la Administración del Estado, previo a la reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en los plazos señalados en el párrafo anterior.

La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos citados, no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde expresamente el órgano administrativo o el Tribunal Económico Administrativo Regional, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.

Pozuelo de Alarcón, a 18 de mayo de 2020.—La titular del Órgano de Recaudación, María Dolores Fernández de Heredia Hernández.

(02/10.597/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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