Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 5

90
Navalcarnero número 5. Procedimiento 481/2017

EDICTO

En el juicio verbal número 481/2017, se ha dictado sentencia, de fecha 17 de julio de 2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por la procuradora doña Epifanía Esther Ginés García Moreno, en nombre y representación de Bimaran Parla, S. L., contra don Miguel Ángel Cáceres López y doña Vanesa Ortega Soriano, condenando a los citados demandados al pago de la cantidad de 2.745,90 euros, con los intereses legales, desde la fecha de interposición de la demanda, devengando el global que resulte del interés legal elevado en dos puntos hasta la completa satisfacción del actor, así como el pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de apelación.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública ordinaria en el día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, don Miguel Ángel Cáceres López y doña Vanesa Ortega Soriano, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Navalcarnero, a 4 de marzo de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.378/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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