Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
22-06-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200622-51

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

OFERTAS DE EMPLEO

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Móstoles. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local número 2/215, de fecha 9 de junio de 2020, se aprueban las normas por las que se va a regir el procedimiento de pública concurrencia para la cobertura del puesto de director/a de Bienestar Social del Ayuntamiento de Móstoles.

“NORMAS POR LAS QUE SE RIGE EL PROCEDIMIENTO DE PÚBLICA CONCURRENCIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE DIRECTOR/A DE BIENESTAR SOCIAL, ADSCRITO AL ÁREA DE DERECHOS SOCIALES Y MAYORES

Es objeto del presente procedimiento la cobertura temporal del puesto de director/a de Bienestar Social, adscrito al Área de Gobierno de Derechos Sociales y Mayores del Ayuntamiento de Móstoles.

En el artículo 220 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Móstoles se establece que el puesto de director/a general podrá ser desempeñado por funcionarios de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, y que, excepcionalmente, en atención a las características del puesto directivo, el titular del mismo no necesitará reunir la condición de funcionario. En este caso, los nombramientos habrán de efectuarse motivadamente y de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de responsabilidad en la gestión pública o privada.

En virtud de lo establecido en las citadas normas, y de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se realiza la presente convocatoria, por la que se da publicidad a las normas que han de regir el procedimiento de cobertura del puesto de Director/a de Bienestar Social, y se establece un plazo para la presentación de solicitudes de participación en dicho procedimiento.

Así mismo, en el punto 13.4 del citado Real Decreto, se determina que cuando el personal directivo reúna la condición de personal laboral estará sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, cuya normativa se recoge en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, y la disposición adicional 8.a de la Ley 3/2012, de 6 de julio.

1. Objeto de la convocatoria, tipo y duración del contrato

Es objeto de la presente convocatoria, la cobertura interina del puesto de Director/a de Bienestar Social, como consecuencia de la excedencia forzosa con resera de puesto de trabajo del titular.

El tipo de contrato será de alta dirección con carácter interino, por lo tanto, la duración del mismo se extenderá desde el momento de la firma hasta que concluya la situación de excedencia forzosa del titular.

2. Características del puesto de trabajo y forma de cobertura

El puesto de Director/a de Bienestar Social se configura como un órgano directivo, que podrá ser desempeñado por personas que tengan la condición de empleados públicos al servicio de la Administración Local, funcionarios o laborales, o la de profesionales que ejerzan o hayan ejercido su actividad en ámbitos relacionados con los servicios sociales tanto públicos como privados. Es un cargo profesional retribuido, sometido al régimen del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

3. Requisitos que deben cumplir los aspirantes

Podrán tomar parte en la convocatoria los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos, referidos al último día de plazo de presentación de instancias:

a) Ser empleado público, funcionario o laboral, al servicio de las Administraciones Públicas, o profesional que ejerza o haya ejercido su actividad en el ámbito público o privado.

b) Acreditar un mínimo de quince años de experiencia en el ámbito de los servicios sociales.

c) Acreditar un mínimo de diez años de experiencia en dirección y/o coordinación técnica de centros y servicios.

d) Estar en posesión del título universitario de doctor, licenciado, ingeniero superior, arquitecto, Grado o equivalente en el ámbito de los Servicios Sociales.

e) Estar en posesión de Titulación oficial de post-grado en alguna de las áreas de intervención de los Servicios Sociales.

f) Estar en posesión del título de Director/a de centros sociales.

g) No estar incurso en las causas de incapacidad para celebrar contratos con el Ayuntamiento de Móstoles.

h) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones del puesto.

Se valorarán, entre otros posibles, los conocimientos, la formación y la experiencia profesional en los siguientes ámbitos:

— Experiencia de investigación y formación en cuestiones relacionadas con los servicios sociales.

— Experiencia en planificación estratégica y desarrollo organizativo.

— Experiencia en evaluación de proyectos, centros o servicios.

— Una segunda titulación universitaria en el ámbito social o educativo.

— Experiencia internacional en materia de servicios sociales y política social.

— Conocimiento sobre política social europea y Fondos Estructurales.

— Experiencia de trabajo en red.

— Sistemas de calidad en la gestión de centros de servicios sociales.

— Dirección y desarrollo de personas y equipos.

— Liderazgo e innovación.

— Gerencia.

— Haber publicado, tanto nacional como internacionalmente, sobre materias relacionadas con los servicios sociales.

— Conocimiento de idiomas.

— Ofimática.

4. Solicitud: forma y plazo de presentación

La solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se extenderá en el impreso normalizado que podrá obtenerse en la web municipal del Ayuntamiento de Móstoles (http://www.mostoles.es), al igual que las normas de la convocatoria.

La solicitud se dirigirá a la Presidenta de la Corporación. Con motivo de las especiales circunstancias generadas a raíz de la crisis sanitaria del COVID-19 (coronavirus) y con el fin de evitar desplazamientos innecesarios que favorezcan la propagación del virus, la solicitud se deberá presentar a través del registro electrónico común https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do. Aquellos aspirantes que no tengan acceso a este medio podrán utilizar cualquier otro de los establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si optasen por presentar la solicitud presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Móstoles o en sus registros auxiliares, deberá pedir cita previa online o telefónica tal y como se informa en el siguiente enlace de la página web municipal: https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/administr....

Cualquier duda o consulta sobre el desarrollo del proceso selectivo será atendida en el correo electrónico rlaborales@ayto-mostoles.es o en el teléfono 916 647 542, en horario de atención al público de lunes a viernes, de 12:00 a 14:00 horas.

Junto con la solicitud de participación se acompañará “curriculum vitae”, y fotocopias de la documentación que acredite, como mínimo, lo siguiente:

— Títulos académicos y profesionales.

— Informe de Vida laboral.

— Copia de contratos de trabajo en puestos desempeñados tanto en la Administración Pública, especialmente en la Administración Local, como en la empresa privada, y servicios efectivos prestados en cada uno de los puestos de trabajo.

— Cuantos otros méritos se consideren oportunos a los fines de la convocatoria.

El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, al objeto de que la plaza esté vacante el menor tiempo posible, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5. Designación

Recibidas las solicitudes de participación y la documentación correspondiente, y una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas, se procederá a comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos exigidos y se remitirá el expediente completo al Área de Gobierno de Derechos Sociales y Mayores para que, atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, propongan al órgano competente la persona que ocupará por libre designación el puesto de Director/a de Bienestar Social.

Móstoles, a 8 de junio de 2020”.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos.

En Móstoles, a 10 de junio de 2020.—El técnico de Recursos Humanos, Fernando Fernández Puyo.

(03/12.651/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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