Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
25-06-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200625-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

10
ORDEN 1177/2020, de 8 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se regulan las cuantías económicas para el curso 2020-2021 en el Programa Accede.

La Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid, es el marco legal del sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid. En su desarrollo, se dicta el Decreto 168/2018, de 11 de diciembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento del Programa Accede, que tiene por objeto la regulación del Programa Accede.

De conformidad con la disposición final primera del Decreto 168/2018, de 11 de diciembre, que habilita al titular de la consejería competente en materia de Educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del reglamento, se publicó la Orden 3616/2019, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, en la que se fija la financiación de distintos conceptos del Programa Accede para 2019.

La presente orden establece los importes que regirán durante 2020 para la financiación de los libros de texto y material curricular. Fija así la dotación destinada a la prestación del servicio para apoyo a los centros docentes en la gestión del Programa Accede; los complementos económicos de los coordinadores del programa de los centros privados concertados, teniendo en cuenta la Orden de 20 de febrero de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2020 y que regula las retribuciones complementarias de los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios; la cuantía por alumno adherido al Programa Accede para la financiación de los libros de texto y material curricular, y el porcentaje de financiación para la adquisición de material docente en los casos excepcionales a que se refiriere el artículo 7.2 del Decreto 168/2018, de 11 de diciembre.

En uso de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

La presente Orden establece los importes que regirán durante 2020 para el Programa Accede, de conformidad con la disposición final primera del Decreto 168/2018, de 11 de diciembre.

Artículo 2

Contratación de prestaciones de servicio para apoyo a la gestión del Programa Accede

Los centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán contratar la prestación del servicio para apoyo a la gestión del sistema de préstamo de libros de texto. El importe destinado a este fin para el año 2020 se determinará en función del número de alumnos matriculados en las enseñanzas incluidas en el Programa Accede, según la siguiente distribución:

— Centros con igual o menos de 500 alumnos: 2.000 euros.

— Centros con más de 500 alumnos: 3.000 euros.

Artículo 3

Coordinador del Programa Accede de los centros docentes privados concertados

Se fijan los importes para 2020 de los complementos económicos los coordinadores del Programa Accede a que se refiere el artículo 6 de la Orden 3616/2019, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud.

Los complementos económicos para 2020 serán de igual cuantía que los establecidos en la Orden de 20 de febrero de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2020, para los coordinadores de centros docentes públicos.

Dichos importes, para el período devengado durante mayo y junio de 2020 y de septiembre de 2020 a abril de 2021, ambos inclusive, serán los siguientes:

Sobre estas cuantías, se aplicarán las variaciones que se aprueben para los coordinadores de los centros públicos por Orden de la Consejería competente en materia de recursos humanos.

Artículo 4

Financiación de los libros de texto y material curricular

1. La cuantía por alumno incluye los libros de texto y material curricular, tanto en formato impreso como digital, ya sean comercializados o de elaboración propia, y se referirán a todos aquellos alumnos del centro que se hayan adherido al Programa Accede.

Para el año 2020, se establecen las siguientes cuantías por nivel educativo:

— 150 euros por alumno adherido en Educación Primaria.

— 270 euros por alumno adherido en Educación Secundaria Obligatoria.

— 116 euros por alumno adherido en Formación Profesional Básica.

— 40 euros por alumno adherido en Educación Especial.

2. El porcentaje para aquellos casos excepcionales del artículo 7.2 del Decreto 168/2018, de 11 de diciembre, para el año 2020 será de un 10 por 100 del coste total de libros de alumnos adheridos de los niveles educativos que no se renuevan conforme al calendario fijado en el artículo 2 de la Orden 3616/2019, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud.

DISPOSICIÓN FINAL

Producción de efectos

La presente orden produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 8 de junio de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/13.036/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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