Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
25-06-2020

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200625-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2020, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba la convocatoria pública de diferentes ayudas de movilidad internacional de estudiantes para realizar estudios en el curso académico 2020/2021 dentro del programa MUNDE.

BDNS: 511.426

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 19 de noviembre de 2019, por la que se publica la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes para realizar estudios en el curso 2020-2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

1. Estar matriculado en la URJC en programas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado en el momento de la solicitud y hasta la finalización del período de disfrute de la beca movilidad.

2. Tener concedido un intercambio académico en aquellas universidades donde la Universidad Rey Juan Carlos tiene establecido un convenio de movilidad internacional dentro del Programa MUNDE y que por la naturaleza del país no puede ser financiada esa movilidad con fondos del Programa Erasmus+ KA103.

3. No ser beneficiario de las “Becas Iberoamérica para Estudiantes de Grado. Santander Universidades”.

4. No ser beneficiario de una beca KA107 en el curso académico 2020/2021.

Segundo

Objeto

El Programa de Movilidad Universal de Estudiantes (MUNDE) es una iniciativa de la Universidad Rey Juan Carlos que establece un sistema de colaboración académica entre universidades no pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) con el fin de promover la movilidad internacional de estudiantes entre las diferentes universidades con las que la URJC ha establecido un programa de intercambio de estudiantes.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad: https://sede.urjc.es

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 180.000,00 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la realización de las solicitudes online será de quince días a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria.

La solicitud se presentará online, sin prejuicio de lo establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los estudiantes deberán rellenar dentro de los plazos establecidos el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la URJC en el siguiente link:

https://gestion2.urjc.es/movilidadoutgoing

Sexto

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las becas se regirá por el sistema de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

La selección de los beneficiarios se hará por el órgano instructor de la presente convocatoria, que estará formado por:

— Dña. Pilar Trinidad Núñez, Vicerrectora de Relaciones Internacionales.

— D. Pablo T. Salvadores Alonso, Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales.

— Dña. Elisa Gómez-Luengo San Román, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

Suplentes:

— Dña. María Ángeles Cano Linares, Directora Académica de Internacionalización y Promoción Lingüística.

— Dña. María Soledad Carretero Niembro, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

— Dña. Ana Luisa Ortega Fraile, Técnico del Servicio de Relaciones Internacionales.

Esta selección se realizará en función de la nota media y créditos superados de cada estudiante y que serán tomados de los utilizados en la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes que concedió las estancias de movilidad para las que se convocan las presentes becas.

Las becas serán asignadas entre todos los adjudicatarios de una plaza MUNDE de la URJC para el curso 2020/2021.

Entre todos aquellos estudiantes que hayan obtenido una plaza MUNDE se asignarán las becas a aquellos estudiantes que tengan una mayor puntuación. Esta puntuación definitiva con la que cada estudiante optará a estas becas será la resultante de dividir su nota media de expediente entre la nota media de su carrera en el curso anterior. Con la puntuación resultante será con la que opte a estas ayudas.

A igualdad de puntuación y para calcular el desempate entre los mismos se tendrá en cuenta en primer lugar aquellos candidatos a esta beca que sean beneficiarios de una beca general del ministerio en el presente curso y en el caso de que continúe el empate, se utilizará como criterio el número de créditos superados, adjudicándose la ayuda al alumno que haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota media de expediente sin tener en cuenta la nota media de su carrera.

De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha beca en el curso anterior.

Séptimo

Resolución y recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 15 de junio de 2020.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/13.669/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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