Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
30-06-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200630-108

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

108
Madrid número 15. Ejecución 3/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 3/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN CARLOS GAMERO CAMPOMANES frente a SECOFIR FUEGO SLU sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerde dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse la entidad ejecutada SECOFIR FUEGO SLU en situación de concurso de acreedores, y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON

En Madrid, a dos de marzo de dos mil veinte.

La certificación remitida por el Registro de Bienes Muebles Provincial de Madrid, únase a los autos de su razón. Consta en autos, por la certificación registral, que el vehículo matrícula 5799GVC no es propiedad del ejecutado, así como que figura la empresa en concurso por lo que no se anota el embargo sobre el vehículo 0796KRV. Estableciendo el art. 15 de la Ley de Venta a Plazos que se sobreseerá todo procedimiento de apremio respecto del mismo, al constar que figura inscrito a favor de persona distinta de aquella contra la cual se decretó el embargo, por lo que se acuerda alzar el precinto sobre dichos vehículos, a cuyo efecto se dirigirán los oportunos oficios.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SECOFIR FUEGO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.594/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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