Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
30-06-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200630-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

83
Madrid número 8. Procedimiento 663/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 663/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA BAQUERO BLÁZQUEZ frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y DREAMNAMICS INNOVACION S.L. sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente sentencia:

Estimo la demanda formulada por doña MARÍA BAQUERO BLÁZQUEZ contra la mercantil DREAMNAMICS INNOVACIÓN, S.L., y la condeno a abonarle la cantidad de cantidad de 16.975,54 euros, con el recargo del artículo 29.3 ET.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DREAMNAMICS INNOVACION S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.534/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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