Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
01-07-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200701-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Parla. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión extraordinaria y urgente, de 7 de noviembre de 2019, se modifican las delegaciones de los concejales-delegados en el siguiente sentido:

Primero.—Designar a doña Carolina Cordero Núñez como concejala-delegada de Áreas Territoriales de conformidad con el artículo 8 del Reglamento Municipal de los Consejos de Barrio, incluyendo entre sus competencias las propias de dicha delegación contempladas en dicho Reglamento.

Segundo.—Especificar que las competencias en materia de gestión de la contratación pública, sin perjuicio de las que pertenecen a la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación, corresponden al concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, don Andrés Correa Barbado, a quién además le corresponden los contratos menores según los límites de la legislación contractual.

Tercero.—Incluir entre las competencias del concejal-delegado del Área de Urbanismo, Actividades y Diversidad Funcional, don Bruno Garrido Pascual, Gestión del Patrimonio Municipal.

Cuarto.—Incluir entre las competencias de la concejala-delegada del Área de Presidencia, Comunicación y Secretaría de la Junta de Gobierno Local, doña Ana Sánchez Varela:

— Sugerencias y Reclamaciones.

— Responsabilidad Patrimonial.

Quinto.—Actualizar las competencias en materia de empleo correspondientes a la concejala-delegada del Área de Cultura, Empleo, Formación, Inmigración e Interculturalidad, doña Gema García Torres:

— Contratación y régimen disciplinario de los trabajadores de Programas mixtos de formación y empleo y Programas de empleo, al amparo de ayudas y subvenciones en materia de fomento del empleo.

Sexto.—Incluir entre las competencias delegadas de cada concejal/a-delegado/a de Área:

— Solicitud, gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con sus respectivas áreas.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos previstos en el artículo 13 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Parla, a 25 de noviembre de 2020.—El alcalde (firmado).

(03/13.880/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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