Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
02-07-2020

Sección 1.4.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200702-36

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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ANUNCIO del contrato-programa transitorio de 30 de diciembre de 2019, entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A.

REUNIDOS

De una parte, D. Ángel Garrido García, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes de Madrid (en adelante, CRTM), actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.

De otra parte, Dña. Silvia Roldan Fernández, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, calle Cavanilles, número 58 (28007 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A. (en adelante, Metro), inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número A-28001352, y con domicilio social en Madrid, calle Cavanilles, número 58, en su calidad de Consejera-Delegada de la misma, cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo de Administración de 11 de octubre de 2019.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto:

MANIFIESTAN

El 1 de marzo de 2016 el CRTM y Metro suscribieron un Contrato­Programa que reguló las relaciones recíprocas entre ambas entidades durante su plazo de vigencia.

Dicho Contrato-Programa preveía en su cláusula 14 una vigencia inicial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, estableciéndose la posibilidad de prórroga del mismo por acuerdo expreso entre las partes y por períodos sucesivos de un año.

Próxima la finalización del señalado período inicial de vigencia, ambas partes prorrogaron el Contrato-Programa de 1 de marzo de 2016 conforme a sus previsiones, y en tal sentido adoptaron Acuerdo de prórroga, de fecha 30 de diciembre de 2016.

El 29 de diciembre de 2017 se suscribió Contrato-Programa Transitorio para regular el ejercicio 2018; y el 27 de diciembre de 2018, para regular el año 2019.

Estando próximo el vencimiento del plazo de vigencia del último Contrato­ Programa Transitorio, sin estar ultimado el texto definitivo del convenio regulador de las relaciones entre las dos partes firmantes, estas vienen en el día de hoy a suscribir el presente documento convencional a través del cual se plasman los siguientes

ACUERDOS

Primero

Naturaleza del Contrato-Programa

El presente Contrato-Programa constituye un convenio de naturaleza pública y carácter administrativo, y como tal se encuentra sometido a la regulación vigente en la materia, contenida esencialmente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En consecuencia, está excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.1.

Segundo

Vigencia

El presente Contrato-Programa, de carácter transitorio, surtirá efecto a partir de su firma y tendrá vigencia hasta la suscripción de un nuevo Contrato­Programa definitivo, decayendo su aplicación, en todo caso, a 31 de diciembre de 2020.

En caso de extinción del presente Contrato-Programa por causa distinta a alguna de las recogidas en su texto, la Comisión de Seguimiento propondría al Director-Gerente del CRTM y a la Consejera Delegada de Metro los criterios de articulación entre las dos entidades hasta la firma de un nuevo Acuerdo.

Tercero

Aplicación del Contrato-Programa

Hasta la entrada en vigor del nuevo Contrato-Programa, Metro y CRTM pactan la plena aplicación del Contrato-Programa suscrito el 1 de marzo de 2016, que se mantiene en todo su contenido, con la única adición a la cláusula 9.2 de dicho documento de las aportaciones económicas del CRTM a Metro durante el ejercicio 2020, que son las resultantes del siguiente cuadro, y que coinciden con las del ejercicio 2019, hasta que se produzca la aprobación de un nuevo Presupuesto.

Cuarto

Si durante la vigencia de este Contrato-Programa transitorio se produjera la aprobación de un nuevo Presupuesto para el ejercicio 2020 que afectase a las magnitudes del cuadro contenido en la cláusula tercera, las partes firmantes procederían a su adaptación a los parámetros recogidos en la Ley Presupuestaria.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 30 de diciembre de 2019.—Metro de Madrid, S. A. (firmado) —Consorcio Regional de Transportes (firmado).

(03/13.776/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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