Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
02-07-2020

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200702-71

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 885/2018

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid de lo Social.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 885/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) frente a D./Dña. CRISTINA BEATRIZ GOMEZ MEDINA y otros sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES

En Madrid, a doce de diciembre de dos mil diecinueve.

La extiendo yo, Letrado de la Admon de Justicia para dar cuenta del estado de las presentes actuaciones, así como de los escritos de formalización del recurso como el del cumplimiento del requerimiento por la parte del recurrente de lo acordado en resolución de 6-11-2019.

El LETRADO D./Dña. IVAN GAYARRE CONDE, en nombre y representación de AMBAR ODONTOLOGICA SL ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de Sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la L.R.J.S..

ACUERDO:

- Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los DIEZ DÍAS siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.

- Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.

Respecto a las sentencias propuestas de contraste, una vez obre en poder de la parte recurrente, deberá aportar testimonios de la mismas, con expresión de su firmeza, ante esta Sala a la mayor brevedad posible.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a CRISTINA BEATRIZ GOMEZ MEDINA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 05 de junio de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.953/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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