Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
02-07-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200702-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 3

86
Móstoles número 3. Procedimiento 817/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 817/2017, entre ALD Automotive, S. A. U., en calidad de parte demandante, y Humar Legal Consulting, S. L., y don Carlos Nieto Pareja, en calidad de demandados, sobre reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

Sentencia número 169/2019

En Móstoles, a 8 de julio de 2019.—El ilustrísimo señor don Francisco José López Ortega, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Móstoles, ha visto los autos de juicio verbal número 817/2017, seguidos entre partes, de una, como parte demandante, BBVA Autorenting, S. A., representada por la procuradora doña Leonor Guillén Casado y asistida por la letrada doña Ana María Grijabo de Cabo, y de otra, como parte demandada, Humar Legal Consulting, S. L., y don Carlos Nieto Pareja, en rebeldía en esta causa.

Fallo

Que estimando, íntegramente, la demanda formulada por la procuradora doña Leonor Guillén Casado, en nombre y representación de BBVA Autorenting, S. A., que ha sido sustituida por ALD Automotive, S. A. U., contra Humar Legal Consulting, S. L., y don Carlos Nieto Pareja, en rebeldía en esta causa, debo condenar a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de 4.724,42 euros, con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda (26 de julio de 2017) hasta la fecha de esta sentencia y a partir de entonces los intereses moratorios procesales hasta su completo pago, todo ello con imposición a los demandados de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma podrá interponerse, en este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación a los demandados Humar Legal Consulting, S. L., y don Carlos Nieto Pareja, expido y firmo la presente.

En Móstoles, a 27 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.634/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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