Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
06-07-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200706-43

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Presupuesto general

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos, y en concordancia con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace constar que:

Los presupuestos generales del Ayuntamiento para el ejercicio 2020 han estado expuestos al público a efectos de reclamaciones durante el plazo legalmente establecido habiéndose presentado alegaciones a los mismos, y resueltas en el Pleno extraordinario de 2 de julio de 2020, por lo que la aprobación inicial realizada por el Ayuntamiento Pleno en su sesión extraordinaria celebrada el día 7 de mayo de 2020 pasa a ser aprobación definitiva, haciéndose público mediante el presente anuncio su resumen por capítulos, así como la plantilla para el año 2020 aprobada, junto con el presupuesto general para el expresado ejercicio:





Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En San Fernando de Henares, a 2 de julio de 2020.—El alcalde, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/15.587/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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