Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
06-07-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200706-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Precios públicos actividades socioculturales

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades socioculturales, de esparcimiento y de servicios de piscina e instalaciones deportivas.

«Vista la propuesta de acuerdo de Alcaldía, de 28 de enero de 2020:

Mediante providencia de Alcaldía, de fecha de 27 de enero de 2020, se incoó procedimiento para la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades socioculturales, de esparcimiento y de servicios de piscina e instalaciones deportivas en lo que se refiere a la introducción de nuevos precios por la utilización de la pista de pádel.

Vistos el informe técnico-económico de fecha de 28 de enero de 2020 y el informe de Secretaría-Intervención, de fecha de 28 de enero de 2020, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la modificación del epígrafe II del artículo 3 de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades socioculturales, de esparcimiento y de servicios de piscina e instalaciones deportivas, con la redacción que a continuación se recoge:

Segundo.—Modificar la disposición final de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades socioculturales, de esparcimiento y de servicios de piscina e instalaciones deportivas, añadiendo el siguiente párrafo:

“La tarifa referida a las prestaciones de servicios de la Pista de pádel será de aplicación a partir del 15 de mayo de 2020”.

Tercero.—Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por un plazo de treinta días hábiles.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en el Portal de transparencia del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo.

Tercero.—Considerar definitivamente adoptado el acuerdo, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado.

Sometida a votación, se aprueba por unanimidad de los presentes».

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 56 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://fuentiduenadetajo.sedelectronica.es).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Fuentidueña de Tajo, a 11 de febrero de 2020.—El alcalde, José Antonio Domínguez Chacón.

(02/4.715/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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