Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
08-07-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200708-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

88
Madrid número 2. Ejecución 141/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 141/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JUDITH CARMIÑA LOPEZ SILES frente a HOSTELERIA RENATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución con la siguiente parte dispositiva:

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a la ejecutada, HOSTELERÍA RENATO, S.L., en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 992,70 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

De conformidad con el art. 276.5 de la L.R.J.S., la declaración firme de insolvencia del ejecutado se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de TRES DIAS hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme la presente resolución, hágase entrega por correo certificado con acuse de recibo de certificación a la parte ejecutante, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así, por este decreto, lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOSTELERIA RENATO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.712/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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