Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
13-07-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200713-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

151
Madrid número 30. Ejecución 40/2020

EDICTO*

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n° 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 40/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ALBERTO AGUADO CARRIÓN frente a ALIVE DIGITAL, S. L., y FOGASA sobre EJECUCIÓN de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ

En Madrid, a 7 de febrero de 2020.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 28/11/2019, a la empresa ALIVE DIGITAL, S. L., en favor del/de los demandante/s DON ALBERTO AGUADO CARRIÓN y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 4, 28008, el día 8/9/2020, a las 11:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS). Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALIVE DIGITAL, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 22 de junio de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.204/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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