Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
15-07-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200715-100

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

100
Madrid número 3. Procedimiento 45/2017

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 45/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ALBERTO ABLANQUE MUÑOZ y otros 118, frente a UNIPAPEL SLU y otros 8, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 265/2020.

DECRETO

En Madrid, a veintitrés de junio de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D.ALBERTO ABLANQUE MUÑOZ y otros 118, figurando como parte demandada UNIPAPEL SLU y otros 8, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

SEGUNDO.- En fecha 19/06/2020 todos los demandantes han desistido expresamente de su demanda de reclamación de cantidad con reserva de acciones legales, mediante presentación de escrito.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores con anterioridad a los actos de conciliación o juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante que, cuando afecta a todos los demandantes, produce la terminación del proceso. Procede tener a los demandantes por desistidos de su demanda (artículo 20.2 L.E.C.).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora de la acción ejercitada en este procedimiento de reclamación de cantidad con reserva de acciones legales, y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UNIPAPEL SLU y D. MARTÍN GRUCHKA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de junio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.528/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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