Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
17-07-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200717-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5

101
Getafe número 5. Procedimiento 269/2019

EDICTO

Doña María Teresa Asensio Moruno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Getafe.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio precario 250.1.2) (primera instancia civil) número 269/2019, instados por procurador don José Manuel Jiménez López, en nombre y representación de Sareb, S. A., contra ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 10, piso tercero, puerta C, de Getafe, en los que se ha dictado, en fecha 26 de febrero de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador don José Manuel Jiménez López, en nombre y representación procesal de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (Sareb), contra doña Gema Heredia Montes y contra los demás ocupantes de la vivienda de la calle Extremadura, número 10, tercero C, de Getafe, en rebeldía, y, en consecuencia, declaro que dichos demandados carecen de título legítimo para la ocupación de la citada vivienda sita en Getafe, calle Extremadura, número 10, tercero C, de Getafe, y asimismo, condeno a dichos demandados a que la dejen libre, vacua y expedita a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento, en otro caso, en la fecha señalada, del 23 de marzo del 2020, a las diez horas; imponiéndoles a dichos demandados las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2384-0000-03-0269-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de la instancia e instrucción número 5 de Getafe, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2384-0000-03-0269-19.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes de la calle Extremadura, número 10, piso tercero, puerta C, de Getafe, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 24 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.847/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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