Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
17-07-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200717-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Madrid número 80. Procedimiento 802/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 802/2018 entre doña Rosa Elvira Díaz Sánchez de Gurreonero y don Oswaldo Asterio Gurreonero Guzmán y doña Carmen Estefani Gurreonero Díaz y don Anthony González Cuevas, en reclamación de procedimiento ordinario, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda promovida por don Oswaldo Asaterio Gurreonero y doña Rosa Elvira Díaz Sánchez de Guerronero, representados por el procurador de los Tribunales don Jesús Iglesias Pérez, contra don Anthony González Cuevas y doña Carmen Estefani Gurreonero Díaz, en rebeldía procesal, en el que también ha sido parte el ministerio fiscal, acuerdo:

1. Mantener la patria potestad de los demandados sobre su hijo Eduardo González Gurreonero, con suspensión del derecho de guarda y custodia.

2. El menor Eduardo González Gurreonero, queda en situación de acogimiento familiar por sus abuelos maternos don Oswaldo Asaterio Gurreonero y doña Rosa Elvira Díaz Sánchez de Guerronero, quienes ostentaran las obligaciones y facultades inherentes a la guarda y custodia del citado menor. Así deberán velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral y, por otro lado, podrán tomar, por sí mismos, todas las decisiones que afecten a su nieto en materia educativa, sanitaria y administrativa.

Todo ello, sin hacer expresa condena en costas.

Asimismo, líbrese testimonio de la presente resolución, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella puede interponerse, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a su notificación, siendo competente para resolver el mismo la Audiencia Provincial de Madrid.

Llévese original de la presente resolución al libro de sentencias.

Así, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Carmen Estefani Gurreonero Díaz, expido y firmo la presente en Madrid, a 4 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.908/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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