Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
20-07-2020

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200720-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

81
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 1023/2019

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

D. Luis Fariñas Matoni, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación 1023/2019, formalizado por el/la letrado D./Dña. JUSTA MORENO SUAREZ en nombre y representación de D./Dña. MARTA FADON BAÑOS y otros 3, contra la sentencia de fecha 06/06/2019 dictada por el Juzgado de lo Social n.o 28 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 1253/2018, seguidos a instancia de D./Dña. MARTA FADON BAÑOS, D./Dña. BIANCA PINEDA GALLARDO, D./Dña. MARIA ELENA MOYA MARTINEZ y D./Dña. RAQUEL ARMINIO AVILES frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL, D./Dña. JOSE LUIS BELTRAMINO, RESTAURADORES HOTELEROS MADRID, S.L. y A MILLION BUSINESS, S.L., en reclamación por Reclamación de Cantidad, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 26/05/20 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por doña BLANCA PINEDA GALLARDO, doña MARTA FADÓN BAÑOS y doña RAQUEL ARMINIO AVILÉS contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 28 de Madrid con fecha 6 de junio de 2019 en autos 1253/2018, seguidos a instancia de las recurrentes contra las empresas RESTAURADORES HOTELEROS MADRID SL, A MILLION BUSINESS SL y don JOSÉ LUIS BELTRAMINO y en su consecuencia confirmamos la citada resolución. Sin costas”.

Y para que sirva de notificación a RESTAURADORES HOTELEROS MADRID SL, y A MILLION BUSINESS SL, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de junio de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/15.202/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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