Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
20-07-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200720-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

87
Madrid número 49. Procedimiento 364/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 364/2017, entre Castellana 2020 Finance, S. L., y doña Nilda Lidia Racchumi Ruiz, don Ángel Arturo García Urrutia Alcántara y herencia yacente e ignorados herederos de don Arturo Martín García Urrutia Racchmi, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 19/2020

En Madrid, a 28 de enero de 2020.—Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 364/2017 seguidos a instancias del procurador don Pedro Antonio González Sánchez, en nombre y representación de la entidad Castellana 2020 Finance, S. L., asistida de letrado don Ignacio Ezcurdia García, contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Arturo Martín García Urrutia Racchumi, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre acción de división de cosa común.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por el Procurador don Pedro Antonio González Sánchez, en nombre y representación de la entidad Castellana 2020 Finance, S. L., contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Arturo Martín García Urrutia Racchumi:

1. Declaro extinguido el condominio respecto de la finca urbana sita en la calle de San Antonio de Padua, número 1, planta baja, hoy calle Mirasierra, número 47, inscrita al tomo 2322, folio 218, finca 27.453, en el Registro de la Propiedad número 4, de Madrid.

2. Se decreta la división del referido inmueble y, caso de que no se llegue a un acuerdo, se llevará a cabo mediante venta en pública subasta con intervención de licitadores extraños, repartiéndose el precio entre los copropietarios en proporción a su porcentaje de propiedad.

3. Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de depósito de 50 euros, en la cuenta 2543-0000-04-0364-17 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2543-0000-04-0364-17

Así lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a herencia yacente e ignorados herederos de don Arturo Martín García Urrutia Racchmi expido y firmo la presente en Madrid, a 20 de mayo de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.627/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200720-87