Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
21-07-2020

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200721-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

URBANISMO

50
Quijorna. Urbanismo. Proyecto reparcelación

Por el concejal-delegado de Urbanismo, con fecha 3 de julio de 2020, se adoptó resolución 2020-0539, que indica lo siguiente:

«En relación con el expediente 1201/2019, aprobada inicialmente la modificación del proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución número 13, “Calle José Núñez Coronil”, y transcurrido el período de información pública y audiencia a los propietarios afectados, sin que se hayan presentado alegaciones al mismo; vistos los informes que obran en el expediente y en uso de las competencias que me han sido delegadas por el Sr. alcalde, mediante resolución 2019-0719, de 20 de junio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y demás normativa de aplicación, resuelvo:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación del proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución número 13, “Calle José Núñez Coronil”, que se encuentra recogida en el documento refundido presentado por la Junta de Compensación con fecha 31 de enero de 2020 y que fue objeto de aprobación inicial mediante resolución 2020-0132, del día 11 de febrero de 2020.

Segundo.—Publicar la presente resolución de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero.—Una vez firme en vía Administrativa la presente resolución, procédase a la formalización del proyecto de reparcelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, y a continuación a dar traslado de la misma al Registro de la Propiedad para su inscripción.

Cuarto.—La Junta de Compensación está obligada a realizar, en el plazo de dos meses desde la formalización del proyecto de reparcelación, la declaración de alta en el Catastro de las parcelas incluidas en el ámbito conforme a dicho proyecto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por RD Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y artículo 28 del RD 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla.

Quinto.—Notifíquese la presente resolución a los propietarios y demás personas que aparezcan como interesados en el expediente, con indicación de que, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados ambos, desde el día siguiente al de su notificación o publicación, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente, de conformidad con la legislación vigente».

Quijorna, a 7 de julio de 2020.—El concejal, Óscar Maroto García.

(02/16.231/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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