Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
28-07-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200728-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

62
Madrid número 12. Procedimiento 463/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre International Business Machines, S. A. e IBM Global Financing España, S. L. y Alternativa Gráfica S. Coop., sobre contratos en general, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 12/2019

Madrid, a 13 de enero de 2019.—La magistrada-juez, doña María de las Nieves Gómez Martínez.

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Alicia García Rodríguez, en nombre y representación de International Business Machines, S. A. (IBM) e IBM Global Financing España, S. L. (IGF), contra la mercantil Alternativa Gráfica S. Coop.:

1.o Se declara extinguido y resuelto el contrato de arrendamiento número ES4J-9PUBKU-11, suscrito en fecha 5 de noviembre de 2014, por incumplimiento de obligaciones esenciales de contrato por Alternativa Gráfica S. Coop.

2.o Se condena a Alternativa Gráfica S. Coop., a devolver, o permitir el acceso a sus instalaciones a la actora, para la entrega del bien objeto de dicho contrato (impresora ofimática multifunción Xerox C75, más accesorios).

3.o Se condena a la demandada al pago:

1. A IBM, de cuatro cuotas vencidas e impagadas, que ascienden a 2.901,24 euros, conforme se especifica en los hechos séptimo y octavo de la demanda, por tratarse de deuda anterior a la cesión de créditos de fecha 1 de noviembre de 2016, y, por tanto, perteneciente a IBM.

2. A IGF, de cinco cuotas vencidas e impagadas, que ascienden a 3.626,55 euros, conforme se especifica en los hechos séptimo y octavo de la demanda, por tratarse de deuda posterior a la cesión de créditos de fecha 1 de noviembre de 2016, y, por tanto, perteneciente a IGF.

3. A IGF, del resto de las cuotas del contrato de arrendamiento número ES4J-9PUBKU-11, las cuotas que se generen desde la interposición de esta demanda hasta que se produzca la devolución de la máquina arrendada a IBM o a IGF.

4. A la indemnización del 1 por 100 de la cantidad debida por cada mes (12 por 100 anual) o fracción, transcurrido desde la fecha en que el pago de las cuotas del contrato debió producirse y la fecha en que este finalmente se produzca como interés de demora.

Todo ello, hace que la cantidad debida a fecha del dictado de la presente ascienda al importe total de 21.033,99 euros, de los que corresponde abonar a IBM la cantidad de 2.901,24 euros, y a la entidad IGF la cantidad de 18.132,75 euros, más las cantidades que se devenguen posteriormente, hasta la entrega o devolución del bien, todas ellas con sus intereses legales.

Condenando a la demandada al pago de las costas del presente procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y, para que sirva de notificación a Alternativa Gráfica S. Coop., expido y firmo la presente en Madrid, a 1 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.043/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200728-62