Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
30-07-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200730-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

102
Madrid número 15. Ejecución 250/2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 250/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LEDDA VILLAROEL MENDEZ, D./Dña. ANA GERALDINE TRABA SAAVEDRA, D./Dña. SERGIO CASILLAS SANCHEZ y D./Dña. MARI LUZ LEYVA MARIN frente a OUTSERVICO UTILITIES SERVICES SL, WHISBI CONSULTING SL (CONVERTIS CONSULTING SL), CONVERTIS CONTACT CENTER SL y WHISBI TECHNOLOGIES SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

“Visto el estado de las presentes actuaciones y después de haber practicado tasación de costas, queda en la cuenta de consignaciones de este Juzgado la cantidad de 82,27 euros como sobrante.

Requiérase a la parte demandada a fin de que aporte número de cuenta y acreditación de su titularidad a fin de proceder a la transferencia de dicha cantidad, con la advertencia de que si no lo hiciere en plazo de 10 DIAS, se transferirá esa cantidad al Tesoro Público.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OUTSERVICO UTILITIES SERVICES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.593/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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