Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
30-07-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200730-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

148
Alicante número 2. Procedimiento 420/2019

EDICTO

DOÑA EVA MARIA NAVARRO SIMON, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 2 DE LOS DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 420/2019 a instancias de JUAN CARLOS GONZALEZ SOLER contra MUTUA ASEPEYO, ROLOVISA SPAIN SL, INSS y TGSS en la que el día 15/06/20 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por D. Juan Carlos González Soler, asistida y representada por la Letrada Dña. Marta Ortiz de Zárate Díez, contra la empresa Rolovisa Spain, S.L., frente al Instituto General de la Seguridad Social, asistido y representado por la Letrada Dña. Josefa Buendía Maturano y frente a la Mutua Asepeyo, asistida y representada por la Letrada Dña. Silvia Paula Martínez Marhuenda, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al demandante la suma de 2.917,80 euros, sin perjuicio de la obligación de la Mutua Asepeyo de anticipar de forma inmediata al demandante el pago de la prestación en la suma de 2917,80 y subrogarse en los derechos del mismo, y declarando la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la Mutua.

Notifíquese a las partes la presente resolución, con advertencia de que la resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Y para que conste y sirva de notificación a ROLOVISA SPAIN SL, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID, expido el presente en ALICANTE, a nueve de julio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

(03/16.602/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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