Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
30-07-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200730-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

69
Alcobendas número 5. Procedimiento 1001/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1001/2019, entre don Jelber Jaimes Salazar y doña Aura Francelins Guerrero Alviarez y don Juan Antonio Sola Torrecillas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 96/2020

Alcobendas, a 17 de junio de 2020.—La magistrada-juez doña Ana Laita García-Luzón.

Doña Ana Laita García-Luzón, magistrada del Juzgado de primera instancia número 5 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 1001/2019, promovidos por don Jelber Jaimes Salazar, representado por la procuradora de los Tribunales doña Isabel Salamanca Álvaro, contra doña Aura Francelins Guerrero Alviarez, representada por el procurador de los Tribunales don Norberto Pablo Jerez Fernández y contra don Juan Antonio Sola Torrecillas, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por don Jelber Jaimes Salazar, representado por la procuradora de los Tribunales doña Isabel Salamanca Álvaro, contra doña Aura Francelins Guerrero Alviarez, don Juan Antonio Sola Torrecillas, y en consecuencia, debo declarar y declaro:

1. la existencia de derecho de propiedad de don Jelber Jaimes Salazar sobre la mitad indivisa del inmueble sito en la calle Norte, número 3, de la Ciudad de Santo Domingo en Algete finca registral 4207 del Registro de la Propiedad de dicho municipio y CRU 28074000040294 y referencia catastral 0891012vk590950001HY y que los demandados doña Aura Francelins Guerrero Alviarez y don Juan Antonio Sola Torrecillas no tienen ningún derecho de dominio sobre dicha mitad indivisa y se le restituya en dicho derecho de propiedad.

2. Se declara nula la adjudicación a doña Aura Francelins Guerrero Alviarez de la mitad indivisa del inmueble de calle Norte, número 3 de la Ciudad Residencial de Santo Domingo en Algete en pago de la herencia de su fallecido esposo, así como de la escritura de adjudicación de herencia que la documenta de 21 de abril de 2015 otorgada ante el notario don Ignacio Sáenz de Santa María y Viera 1294 de su protocolo.

3. Se rescinde el contrato de compraventa celebrado en atención a constituir enriquecimiento injusto o sin causa de doña Aura Francelins Guerrero Alviarez y don Juan Antonio Sola Torrecillas en perjuicio de don Jelber Jaimes Salazar declarando nula de pleno derecho la compraventa de una mitad indivisa del inmueble de calle Norte número 3 de la Ciudad Residencial de Santo Domingo en Algete, así como la escritura de compraventa de 21 de abril de 2015.

4. Se acuerda la cancelación de los asientos regístrales 6 y 7 de 21 de julio de 2015 del registro de la Propiedad de Algete finca registral 4207 y CRU 28074000040294 y referencia catastral 0891012vlo90950001HY por las que se inscribe:

La titularidad de la mitad indivisa del pleno dominio de la Finca a favor de doña Aura Francelins Guerrero por herencia intestada con carácter privativo como consecuencia escritura de Adjudicación de herencia de 21 de abril de 2015 otorgada ante el notario don Ignacio Sáenz de Santa María y Viera 1294 de su protocolo.

La titularidad del pleno dominio a favor de don Juan Antonio Sola Torrecillas con carácter privativo por título de compra efectuada mediante escritura de 21 de abril de 2015 otorgada ante el notario don Ignacio Sáenz de Santa María (1295 de su protocolo).

Las costas del procedimiento se imponen a al codemandado don Juan Antonio Sola Torrecillas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe formular recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución debiendo consignar para ello el depósito de 50 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banco Santander.

Dispongo que se lleve esta sentencia al Libro de Sentencias de este juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los libros-registro.

Así lo acuerda manda y firma.—La magistrada del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, Ana Laita García-Luzón. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Juan Antonio Sola Torrecillas, expido y firmo la presente en Alcobendas, a 1 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.013/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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