Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
31-07-2020

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200731-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

87
Madrid número 13. Procedimiento 529/2020

EDICTO

D./Dña. DANIEL ALEJANDRO IGNACIO CAMPOS, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en el procedimiento Juicio inmediato sobre delitos leves 529/2020 ha recaído sentencia, del siguiente tenor literal:

SENTENCIA Nº 84/2020

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. HERMENEGILDO ALFREDO BARRERA AGUIRRE.

Lugar: Madrid.

Fecha: cuatro de marzo de dos mil veinte.

El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el nº 529/20, en los que aparecen como denunciante perjudicada Ahorramás, asistida de letrado y como parte denunciada Leiner Jesús Robayo Flores, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.

FALLO

Condeno a Leiner Jesús Robayo Flores, como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art.234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16, a la pena de 20 días multa, con una cuota diaria de 6 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.

Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste y sirva de certificación, extiendo y firmo el presente testimonio.

En Madrid, a 29 de junio de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/16.726/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200731-87