Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
04-08-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200804-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

42
Cubas de la Sagra. Organización y funcionamiento. Sustitución Alcaldía

El Sr. alcalde, con fecha 21 de julio de 2020, ha dictado la resolución 2020-0612, que literalmente dice así:

“Debido a que por parte de esta Alcaldía se va a disfrutar del correspondiente permiso vacacional desde el día 24 de julio al 14 de agosto de 2020, ambos inclusive.

Atendiendo a lo previsto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985 y, artículos 47 y 48 del R.O.F.R.J., y considerando que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.

Considerando que por decreto de Alcaldía 590/2019, de 25 de junio, se designa a D.a Milagros García Joven como primer teniente de alcalde de esta Corporación.

Considerando que durante el período del 24 de julio al 14 de agosto de 2020, ambos inclusive, el alcalde, D. Antonio Naranjo Martín, se encontrará ausente del municipio por vacaciones.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Que me sustituya en la totalidad de mis funciones que ostento como alcalde-presidente de esta Corporación D.a Milagros García Joven desde el día 24 de julio al 14 de agosto de 2020, ambos inclusive.

Segundo.—Que se traslade el presente acuerdo a D.a Milagros García Joven, como primer teniente de alcalde, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Que se dé cuenta del presente en la siguiente sesión Plenaria ordinaria que se celebre y se comunique en extracto a la Administración Estatal y Autonómica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local”.

En Cubas de la Sagra, a 23 de julio de 2020.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.

(03/18.369/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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