Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
06-08-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200806-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Velilla de San Antonio. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria según decreto de la delegada del Área de Hacienda, Educación y Cultura número 2020/2263, por el que se aprueba el XVIII Certamen de Teatro Aficionado del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.

BDNS (Identif.): 517201

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517201).

Primero. Objeto de la convocatoria y beneficiarios.—El Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, a través de la Concejalía de Cultura, convoca el XVIII Certamen de Teatro Aficionado, que tendrá lugar en el Centro Cultural Auditorio Mariana Pineda.

Podrán participar todos los grupos de teatro aficionado de ámbito nacional de cualquier género, entendiéndose como tales aquellos inscritos con la denominación de grupo o asociación cultural sin ánimo de lucro, excluyendo grupos infantiles.

Segundo. Bases de la Convocatoria.—La convocatoria relativa al XVIII Certamen de Teatro Aficionado de Velilla de San Antonio, se podrá consultar en la página web municipal.

Tercero. Lugar y plazos de presentación.—El plazo de inscripción comienza desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finaliza el 30 de octubre del presente año.

Toda la documentación deberá ser debidamente registrada en el ayuntamiento a través de los siguientes medios:

— Presencialmente: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h. en el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, plaza de la Constitución, número 1, C. P. 28891.

— Sede electrónica: https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/.

— Las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

— En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Cuarto. Cuantía.—Las cuantías serán 800 euros para la primera obra clasificada, más 1200 euros, repartidos entre los tres grupos restantes, 400 euros para cada uno, lo que supone un total de 2000 euros que se imputarán a la partida 54334489000, con el descuento de IRPF correspondiente, 19 por 100.

Quinto. Procedimiento de pago.—El importe establecido en las bases se hará efectivo a cada ganador mediante transferencia bancaria, una vez emitido el fallo del jurado.

Sexto. Selección de obras y premios.—El número de grupos seleccionados será de un máximo de cuatro, ateniéndose a los siguientes criterios:

— Trabajo actoral: valoración de la técnica, interpretación, uso y dominio del texto, voz expresión corporal.

— Valoración de la escenografía: originalidad, encaje con el desarrollo de la obra, uso del espacio, adecuación o no al estilo general de la obra.

— Valoración de la dirección: capacidad de armonizar y organizar al equipo actoral, puesta en escena.

Los premios serán:

1. Primera obra clasificada: 800 euros.

2. Mejor actor: diploma.

3. Mejor actriz: diploma.

4. Mejor actor de reparto: diploma.

5. Mejor actriz de reparto: diploma.

6. Mejor escenografía: diploma.

7. Mejor dirección: diploma.

Séptimo. Celebración del Certamen.—El Certamen se desarrollará en el siguiente período y siempre en horario de tarde:

— 14 de noviembre y 12 de diciembre del año 2020.

— 6 de enero y 6 de febrero del año 2021.

— Día 27 de febrero del año 2021: clausura y entrega de premios del XVIII Certamen de Teatro Aficionado.

Velilla de San Antonio, a 30 de julio de 2020.—La concejala de Hacienda, Educación y Cultura, Josefa Gil García.

(03/19.287/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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