Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
06-08-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200806-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

70
Madrid número 1. Procedimiento 147/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 147/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL MANUEL ESCALAS GONZALEZ frente a D./Dña. JURI FALLANI y LA COCINA DE PAYURI, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda por reclamación de cantidades, condeno de forma conjunta y solidaria a LA COCINA DE PAYURI SL y a JURI FALLANI al abono a Don Miguel Manuel Escalas González de la cantidad de 5.653,08 euros brutos en concepto de deuda salarial, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora.

NOTIFÍQUESE la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que, contra la misma, cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante éste Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de CINCO DÍAS, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria (0049), oficina (3569), dígito de control (92), número de cuenta (0005001274), beneficiario (Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid), concepto (2499000000) y número del presente procedimiento judicial (unido sin separación a la numeración del “concepto”, con seis dígitos, cuatro para el número del procedimiento y los dos últimos para el año), en la sucursal correspondiente del BANCO DE SANTANDER; o bien presente aval bancario de su importe; y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso, deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de Suplicación” de la cantidad de 300 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así lo manda y firma Amaya Olivas Díaz Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid.

PUBLICACIÓN. En el día de hoy, la Magistrada ha leído y publicado la Sentencia anterior en audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA COCINA DE PAYURI, S.L. y D. JURI FALLANI, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de julio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.565/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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