Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
07-08-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200807-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

87
Madrid número 3. Ejecución 166/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 166/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de MUTUA FREMAP frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LAS GAVIAS IBIMA SA y INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“ACTA

En Madrid, a veintitrés de julio de dos mil veinte.

Ante mí, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.

COMPARECEN:

Como demandante:

MUTUA FREMAP representado por el LETRADO D. DIEGO ESCOLANO MARTINEZ col. 79378 según consta en poder notarial nº 2688 otorgado ante el Notario de Majadahonda D. Jose Maria Suárez Sánchez Ventura.

Como Demandado:

LAS GAVIAS IBIMA SA que no comparece pese a estar citado en legal forma.

INSS y TGSS representada por la Letrada Dª Mª Isabel Varela Álvarez-Quiñones con Dni. 36051396.

Por imposibilidad de acudir el Magistrado de este Juzgado por enfermedad de un familiar se acuerda la SUSPENSIÓN de la comparecencia señalada para el día de hoy, señalándose nuevamente para el próximo día 17 de Septiembre de 2020 a las 11.00 horas.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esté acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, Letrado/a de la Admón. de Justicia, doy fe”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LAS GAVIAS IBIMA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.757/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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