Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
10-08-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200810-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Manzanares el Real. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Expediente número 1009/2020.

Aprobada provisionalmente por acuerdo del Pleno, de 3 de junio de 2020, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial del Ayuntamiento de Manzanares el Real relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de servicios o realización de actividades administrativas, en su artículo 5, epígrafes 1.3 y 1.4 (únicamente en lo referido a tasa de mercadillo), pasando a quedar de la siguiente manera:

Añadir la disposición transitoria primera con el siguiente tenor literal:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Se suspende la eficacia del artículo 5, epígrafes 1.3 y 1.4 (únicamente en lo referido a Tasa de Mercadillo), de la presente ordenanza, de forma transitoria, desde el 1 de enero de 2020 hasta 31 de diciembre de 2020, considerando que volverá a entrar en vigor de forma automática y sin necesidad de una nueva modificación el 1 de enero de 2021, desplegando todos sus efectos jurídicos desde ese momento.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Manzanares el Real, a 28 de julio de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis Labrador Vioque.

(03/18.960/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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